El daño psicológico en las víctimas de delitos violentos

“Cuando estamos ahogándonos en el fondo del mar, no tenemos tiempo de pedir un salvavidas. Esperamos que alguien lo arroje” I.T.

A raíz de una vivencia personal comencé a buscar información sobre las secuelas que puede dejar en una persona haber sido víctima de un delito violento (muerte de un familiar o amigo en un hecho delictivo, secuestro, violación, robo violento, etc).

Cualquier hecho tiene la cualidad de ser potencialmente traumático y, a su vez, un hecho, aún el más grave, no necesariamente se transforma en un trauma. Todo depende de las características del aparato psíquico del involucrado y de la capacidad de absorción que tenga de la situación vivida. También dependerá de una sumatoria de factores individuales difíciles de identificar de antemano, por lo que cada persona reaccionará a un acontecimiento objetivamente violento de distinta forma.

Según Kilpatrick, Saunders, Amick-McMullan, Best, Veronen y Jesnick (1989), los delitos violentos son sucesos negativos, vividos de forma brusca, que generan terror e indefensión, ponen en peligro la integridad física o psicológica de una persona y dejan a la víctima en tal situación emocional que es incapaz de afrontarla con sus recursos psicológicos habituales.

Si la situación es vivida como traumática -lo que por lo general sucede- supone una quiebra en el sentimiento de seguridad de la persona. Como consecuencia, todo el entorno familiar vivirá las consecuencias y padecerá también ese sentimiento de inseguridad. No sólo la o las víctimas directas tendrán sobre si la vivencia sufriente; toda la estructura familiar quedará alterada. Para Hanson, Kilpatrick, Falsetti y Resnich (1995) es de interés especial el conocimiento de las reacciones y secuelas emocionales que arrastran muchas personas -en su mayoría mujeres y niños- durante períodos prolongados, incluso a lo largo de toda su vida.

Esta inquietud se me presentó al intentar determinar si era correcto utilizar el término “víctima” al vivir un hecho delictivo violento. No lo pareció, al menos al principio, ya que en el caso particular que analicé, resultó muy dificultoso que algunas personas del entorno directo de los involucrados comprendieran la gravedad del hecho y el alcance de sus consecuencias psicológicas. Pero al menos la bibliografía internacional consultada coincide en que se le puede otorgar la calificación -aunque antipática- de “víctima” a quien se ve compelido a pasar por un acontecimiento violento producto de un delito.

La gama de reacciones percibidas en el entorno fueron desde el apoyo y contención hasta la frialdad y la indiferencia. Cada persona reacciona frente a lo siniestro con el armamento mental y espiritual con el que cuenta. Un hecho delictivo violento afecta no sólo a los involucrados y su entorno familiar directo, sino a los grupos sociales adyacentes, como pueden ser amigos, conocidos, vecinos y compañeros de estudio (en el caso de los niños y adolescentes en edad escolar).

Tal es así que a lo largo de la historia podemos ver que incluso el Derecho Penal se ha focalizado principalmente en las lesiones físicas de las víctimas, pero no ha merituado debidamente el daño psicológico. Ha sido en los últimos años donde se han producido cambios en esta desajustada forma de ver el hecho violento, recién cuando comenzó a pensarse a la salud como un concepto integral bio-psico-social, y no sólo como la ausencia de enfermedad.

El “quantum doloris” (la evaluación del daño psíquico) no es sólo importante para la traducción jurídica sino, fundamentalmente, para la planificación de un tratamiento en consultorio. Desde lo jurídico, dicha evaluación influirá en conceptos tan concretos e importantes como una compensación adecuada, la tipificación de los daños o incluso determinar la incapacidad laboral, ítem no siempre suficientemente analizado a la hora de evaluar las secuelas en las víctimas.

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