La Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó que se anulara una sentencia a favor de un hombre sospechado de amenazar a su esposa toda vez que la sentencia resultaba arbitraria. En la causa “V., A.F. s/infr. art(s). 149 bis, Amenazas – CP (p/ L 2303)” la Sala III anuló una sentencia de primera instancia, la cual absolvía a un hombre en una causa por amenazas a su esposa.
Contra ese fallo apeló el cotitular de la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 2, quien argumentó que la sentencia era autocontradictoria y violentaba la ley aplicable, toda vez que se había acreditado que el imputado y la presunta víctima tenían problemas de convivencia y que el a quo manifestó estar convencido de la culpabilidad de Vázquez por la comisión de los hechos denunciados y aún así no lo condenó porque consideró que ello no había sido probado.